Condiciones uso METODO DENI

Condiciones Generales MÉTODO DENI


EL MÉTODO

El método DENI es un sistema desarrollado Nacho Fernández director de TCP CONSULTING para ayudar a las personas a superar sus miedos intensos y fobias y cuyo uso es exclusivo de él mismo y del equipo de TCP CONSULTING.

Este MÉTODO está desarrollado durante los últimos 8 años de trabajo con múltiples personas. Es un sistema probado que ayuda a conseguir superar el miedo y las fobias. No obstante, este MÉTODO por sí mismo no hace nada: es el Cliente con la ayuda de su facilitador, el que siguiendo sus instrucciones, logra el resultado final. Si el Cliente no sigue las instrucciones y tareas encomendadas, no funcionará en los resultados que se menciona en las entrevistas personales.

El programa está fragmentado en 6 sesiones de trabajo, con una duración media de 60 minutos cada una de ellas. (ORIENTATIVO)

En cada sesión de trabajo se realizará el modelo de cambio previsto en el programa hasta llegar a la última sesión en la cual el programa estará completado. Es un trabajo secuencial y sistemático.

Si no se realiza por parte del cliente las 6 sesiones, no se garantiza los resultados del programa, ya que el sistema no se cumplimenta en su totalidad.

El programa se realiza de modo online y requiere unas características básicas (ordenador, portátil) y una conexión de fibra óptica igual o superior a 300MG. 

TCP CONSULTING pondrá a disposición del Cliente las claves de la sala virtual en donde se va a realizar cada sesión.

Todas las sesiones serán grabadas (ver apartado de confidencialidad) a excepción de que el Cliente ponga de manifiesto fehacientemente su intención de no ser grabado antes de empezar el programa.

IMPORTE DEL PROGRAMA

El importe del programa asciende a 650€ (+ IVA en caso de empresas y profesionales) que tendrá estas 2 modalidades de pago:

  1. PAGO ÚNICO: este pago se realiza antes de empezar el programa para una correcta planificación y agendar los días y horas. Esta forma de pago conlleva 2 meses de seguimiento adicionales del progreso del cliente
  2. PAGO APLAZADO: un pago inicial de 240€ que cubre las 2 primeras sesiones antes de empezar el programa para agendar los días y horas y 4 pagos de 120€ cada uno por las siguientes sesiones que se harán efectivos durante las 24 horas anteriores al inicio de cada sesión. El total de esta modalidad asciende de 720€ y no podrán solicitarla los empresarios o profesionales. Esta modalidad no incluye los 2 meses de seguimiento al finalizar el programa.

Se entiende expresamente que el cliente ha leído y aceptado los puntos de este escrito cuando haya realizado el pago del PROGRAMA.

No se realizará ningún tipo de devolución de los importes pagados. Para ello, ésta página se pondrá s disposición del cliente antes de realizar el pago/os correspondiente para su lectura y aceptación. 

En el caso de que el cliente retroceda el pago/os los representantes de TCP CONSULTING acometerán las acciones legales oportunas que se requieran.

OBLIGACIONES DE LAS PARTES 

El profesional se compromete a prestar y cumplir las sesiones del programa establecidas y comunicar puntualmente al Cliente cualesquiera incidencias, obstáculos, informaciones o necesidades que requiera de éste para lograr el objetivo perseguido mediante este programa

El Cliente se compromete a trabajar en sus objetivos y metas, así como a realizar las tareas que en cada sesión mantenida se determinen.

TCP CONSULTING se compromete a poner a disposición del Cliente las sesiones grabadas si este lo solicita.

Además, el cliente se compromete a mantener un espacio en condiciones de trabajo para este programa (iluminado, sin distracciones ni espacios exteriores) así como el acceso a internet y hardware mencionado en el apartado METODO para toda la duración del programa. El incumplimiento de estas características de forma continuada puede dar lugar por parte del facilitador a suspender o finalizar el programa sin abono del importe/es pagados.

CONFIDENCIALIDAD

Tendrá la consideración de "información confidencial", sin limitación de tiempo, cualquier información o dato, que como consecuencia de la prestación de los servicios objeto de este programa circule o se revele durante el transcurso del mismo, ya sea relativo al Cliente o a su entorno, al profesional, al desempeño de la ejecución del programa, o a asuntos personales revelados de forma escrita u oral, o de cualquier otro modo, entre las partes.

Quedan excluidos de este apartado, la información que sea de conocimiento común o público.

Ambas partes estarán obligadas a

  1. No divulgar la información confidencial de la otra parte en parte o en su conjunto.
  2. Utilizar dicha información únicamente para el servicio del programa DENI
  3. No hacer uso de la información confidencial proporcionada por la otra parte sin el consentimiento de ésta.
  4. La información confidencial que cualquiera de las partes reciba de la otra será custodiada por la parte receptora con la debida diligencia, adoptando las medidas de seguridad y cuidado que ella misma aplica para su información confidencial, con el fin garantizar una adecuada protección de dicha información contra copias o usos no autorizados. 
  5. Únicamente se efectuarán las copias o reproducciones necesarias para la buena marcha del programa objeto de estas normas, y todas las copias serán propiedad de la parte que haya revelado la información, esto es del emisor de la misma. Toda información confidencial y sus copias almacenadas se devolverán a la parte emisora en los 30 días siguientes a la recepción de la petición escrita de la parte emisora, o se destruirán si la parte emisora así lo solicita por escrito en la forma anteriormente citada.
  6. Cada parte se reserva el derecho a desvelar su propia información confidencial a la otra parte y a autorizar o no, el uso de la misma.
  7. El mantenimiento del secreto profesional y de la confidencialidad se podrá romper por parte del facilitador de este programa cuando:
  • i. El Cliente le haga cómplice de alguna actividad delictiva.
  • ii. El Facilitador fuera requerido legalmente por parte de las autoridades competentes.i
  • ii. El Cliente exponga información que suponga para el facilitador un conflicto de conciencia.
  • iv. El Cliente exponga información que revele alguna situación en la que pueda estar en peligro cualquier persona, incluido El Cliente o El Facilitador

8. La obligación de confidencialidad tal como se describe en todos los puntos de la presente cláusula se mantendrá en vigor de forma indefinida, incluso una vez finalizado el programa del METODO DENI.

PROPIEDAD INTELECTUAL

El Cliente tiene derecho a recibir las sesiones grabadas del programa y manifiesta su conformidad de que cualquier material aportado por el facilitador del programa no podrá ser vendido, publicado o utilizado al margen de la relación profesional, sin el consentimiento explícito del creador del METODO DENI quién a su vez también observará idéntico comportamiento respecto a cualquier material aportado por el Cliente.

CARÁCTER PERSONAL DEL PROGRAMA

El presente contrato tiene carácter personal y no será transferido a una tercera parte de modo parcial o en su conjunto, por ninguna de las partes, sin el consentimiento expreso por escrito de la otra parte.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente escrito se considera realizado en España y se rige en su totalidad por la legislación española.

Para cuantas cuestiones se deriven del cumplimiento de este contrato, las partes se someten expresamente a los juzgados y tribunales de Valladolid con renuncia expresa a otro fuero que pudiera corresponderles.

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